Natxo Vadillo
Alerta en el Cantábrico. Cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros.
- gerencia de riesgos
- siniestros consorciables
Este fin de semana pasado hemos sufrido en el norte de España, más en concreto en las zonas costeras del mar Cantábrico, embates del mar que han provocado verdaderos tsunamis como en la ciudad de San Sebastián por ejemplo.
Aún no nos hemos recuperado y todos los pronósticos indican que vamos a volver a sufrir otro nuevo temporal.
En el anterior las mediciones de las olas han llegado a una altura de 13 metros, unido a esto a la pleamar consigue un efecto devastador como el visto en esta ciudad, que ha llegado por ejemplo a ocasionar daños hasta el quinto puente rio arriba del Urumea.
En España para aquellos riesgos que disfrutan de cobertura aseguradora por cualquier entidad privada, para estos sinestros relativos al embate del mar interviene el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), como entidad de derecho público que sustituye en su responsabilidad de peritar y resarcir los daños a las entidades aseguradoras tradicionales.
El CCS, tiene un marco normativo propio con un reglamento al efecto que establece adecuadamente los derechos y obligaciones de las partes.
A la hora de reclamar al CCS, al ser nosotros perjudicados por estos sucesos, hay que ser meticuloso en la presentación de la información para que no se demore en exceso la tramitación de nuestro expediente.
Lo ideal es que la póliza tenga un mediador profesional (agente o corredor de seguros) que se preocupará de facilitar la tarea al asegurado, pero me permito aconsejar a todos aquellos interesados que hace falta la siguiente documentación básica; formalización del impreso de solicitud de indemnización, en la misma debe de avanzarse una previsión de cuantía, copia de la póliza completa (condiciones particulares, especiales y generales), copia del recibo, D.n.i. del perjudicado (si es persona jurídica Cif y escrituras de poderes del firmante), acreditación bancaria del beneficiario.
Para finalizar recomiendo que se pacte con el asegurador, cobertura suficiente para nombramiento de perito de parte, con el fin de defender adecuadamente los intereses del asegurado respecto a la opinión técnica de los peritos del CCS.
En Compitte estamos a su disposición en ayudarle si se encuentra con problemas en la gestión o bien considera que se lesionan sus derechos.
Natxo Vadillo – Compitte –